La prórroga de las ayudas para los autónomos afectados por la Covid-19, ha sido aprobada por el Consejo de Ministros. Se extiende hasta el próximo 31 de mayo. La prórroga de las medidas se establece en un Real Decreto Ley de refuerzo y consolidación de las medidas sociales en defensa del empleo.
¿Qué corresponde a esta prestación?
Las medidas ampliadas incluyen los beneficios de la suspensión de actividades. Tal como se describe en la revista del Seguro Social, la medida apunta específicamente a los trabajadores por cuenta propia que han tenido que suspender actividades por resoluciones ejecutivas para contener la pandemia. Por tanto, los afectados por esta medida podrán conseguir ayudas para autónomos como el 50% de la base mínima de cotización. Además, si el autónomo tiene familia numerosa, esta cantidad se incrementará en un 20%. La prestación mínima por profesional se estima en unos 760€. Los profesionales también están exentos de cotizar a la Seguridad Social, manteniéndose el período anterior.
Lo mismo puede ocurrir con normas que sean compatibles con el desempeño profesional. La prestación está disponible para las personas que trabajan por cuenta propia que experimentaron una caída del 50% en los ingresos en el primer trimestre de 2021 en comparación con la segunda mitad de 2019. Entre los cambios que se han introducido en esta prestación destaca la modificación del requisito de facturación. Antes para poder percibirla tenían que haber caído los ingresos en un 75%.
¿Qué otras prestaciones se dan?
Otras dos prestaciones también se han extendido hasta finales de mayo. En primer lugar, una corresponde a las ayudas extraordinarias que se conceden por bajos ingresos para aquellos que no hayan podido acceder a otras prestaciones. Estas ayudas están especialmente enfocadas a autónomos con ingresos reducidos que no hayan facturado más de 6.650€ en el primer semestre de 2021. La ayuda también es compatible con una remuneración de los empleados de 1,25 veces el salario mínimo interprofesional.
Además, el Real Decreto tiene en cuenta las prestaciones de autónomos de temporada. Si estos profesionales no ganan más de 6.650€ en el primer semestre de 2021, tienen derecho a las prestaciones, que son el 70% de la base mínima reguladora.