El pasado 25 de septiembre de 2025, la Asamblea General de la ONU celebrara su Cuarta Reunión de Alto Nivel sobre Enfermedades No Transmisibles (ENT). En esa sesión se presenta la declaración política final, cuyo borrador fue difundido por Health Policy Watch.
El texto busca dar seguimiento al Objetivo 3.4 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que pretende reducir en un tercio la mortalidad prematura entre los 30 y 70 años a causa de enfermedades no transmisibles —como cáncer, patologías cardiovasculares y EPOC— para el año 2030.
GIRO EN EL ENFOQUE
El documento introduce un cambio de enfoque al situar no solo el consumo de tabaco, sino también el de nicotina, como parte del problema. Esta redacción se distancia de la línea adoptada en el borrador inicial de mayo de 2025, que hacía referencia principalmente al tabaco y a los productos derivados de su combustión.
En el borrador final se plantean medidas como:
- Reducir significativamente el consumo de tabaco y nicotina.
- Implementar advertencias sanitarias en empaques.
- Restringir publicidad y patrocinio de productos relacionados.
- Reforzar la regulación de cigarrillos electrónicos, productos calentados y otros sistemas de administración de nicotina.
- Incrementar el control del comercio ilícito de productos de tabaco.
Además, la declaración establece metas globales para 2030: 150 millones menos de consumidores de tabaco, 150 millones más con hipertensión controlada y 150 millones adicionales con acceso a atención en salud mental.
DEBATE SOBRE LA DEFINICIÓN DEL PROBLEMA
El nuevo enfoque ha generado cuestionamientos en el ámbito académico y sanitario, ya que coloca la nicotina en el centro de la discusión, junto con el tabaco. Para algunos críticos, esto supone desplazar la atención del principal factor de riesgo: la inhalación de humo. Señalan que los productos de combustión son los que generan mayor impacto en enfermedades no transmisibles.
El borrador final también ha modificado el lenguaje fiscal. Mientras el documento preliminar proponía aumentar impuestos a tabaco, alcohol y bebidas azucaradas, la versión actual se limita a recomendar considerar incrementos en los gravámenes sobre tabaco y alcohol, “de acuerdo con las circunstancias nacionales”.
El cambio en la redacción se produjo a lo largo de las negociaciones entre gobiernos, agencias internacionales y organizaciones involucradas en salud pública.
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