En muchas ocasiones los titulares de las expendedurías de tabaco se ven obligados a cerrar durante un largo periodo de tiempo sus negocios. Ya sea por enfermedad, incapacidad, vacaciones o cuidado de un familiar, este proceso ha de notificarse ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos porque, de no hacerlo o gestionarlo en el tiempo y forma adecuados, nos enfrentamos a duras sanciones que pueden poner incluso en peligro la propiedad de nuestro negocio. Hoy los expertos de Hedilla Abogados nos informan sobre todos los procedimientos.
En primera lugar es necesario analizar la obligación del expendedor para con el estanco y la zona que abastece. Dentro del “ Manual de acogida a nuevos titulares de expendedurías de tabaco y timbre” del Ministerio de Hacienda, en el apartado 7.1.10 se indica que el estanquero debe: “mantener unas adecuadas condiciones de servicio al público mediante la apertura del establecimiento durante un mínimo de ocho horas diarias de lunes a viernes, y cuatro horas los sábados por la mañana, excepto festivos, con respeto en todo caso de la legislación vigente en cada momento. Los horarios que restrinjan la apertura respecto de los mínimos indicados requerirán la autorización del Comisionado para el Mercado de Tabacos, previa justificación de su conveniencia. En todo caso el horario de apertura estará expuesto al público”
Cierre temporal del estanco: solo en causas justificadas
Teniendo en cuenta la obligación de apertura del punto de venta así como la adecuación de sus condiciones, ahora analizaremos la tramitación. Asimismo, el Comisionado para el Mercado de Tabacos insiste que el cierre solo se tramitará por “causas justificadas” y siempre y cuando “el servicio al público en la zona no se vea afectado”.
Sí, tienes que notificar tu cierre si te vas de vacaciones
En el caso de solicitar un cierre temporal del estanco por vacaciones, el periodo máximo de este no será superior a 30 días. Los cierres por un plazo inferior a cinco días laborables no requerirán autorización previa, pero deberán comunicarse al Comisionado con una antelación de dos días, salvo en el caso de enfermedad, que podrá comunicarse a posteriori, dentro de los dos días siguientes al inicio del cierre. El Comisionado para el Mercado de Tabacos autorizará, siempre que el servicio público no se vea afectado, los cierres solicitados por los expendedores por vacaciones que no excedan de treinta días naturales continuados o de quince días naturales en dos períodos discontinuos.
Lo primero de todo es que, conforme al R.D. 1199/1999 de 9 de julio, la solicitud de cierre temporal debe presentarse con quince días de antelación a la fecha en que hubiera de surtir efecto. Además se debe tener en cuenta que, transcurrido un año desde el cierre, podrá ser cubierta la zona inicialmente atendida por la expendeduría, sea mediante traslado o sea mediante convocatoria de una nueva expendeduría.
¿Puedo perder la licencia por un cierre temporal?
Sí, siempre y cuando Transcurridos dos años sin procederse a la reapertura del establecimiento, el Comisionado para el Mercado de Tabacos, previa audiencia al interesado, iniciará el procedimiento de revocación de la concesión. También se debe contemplar que se considera infracción muy grave el abandono de la actividad por parte del titular de la expendeduría. Se considerará abandono de la actividad el cierre de la expendeduría por período superior a un mes sin la debida autorización.
Y con respecto a los días y horario de apertura del establecimiento y, en todo caso, el cierre de éste, por un período superior a cinco días e inferior a un mes, sin la debida autorización el expendedor se expone a una sanción grave por parte del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Nuestra recomendación, como siempre es que recurras al consejo de expertos para tramitar cualquier tipo de gestión entre tu estanco y el Comisionado para el Mercado de Tabacos. La seguridad legal es clave para poder desarrollar tu actividad en el punto de venta y, además, para valorar la transmisión del mismo.
Patricia Moreno
Abogada en Hedilla Abogados