Son numerosos los casos en los que un autónomo llega a tener problemas con la Seguridad Social. Entre ellos se encuentra el tema de las deudas por parte de los autónomos. Aquí es donde Hacienda actúa con fuerza para evitar ciertas irregularidades.
Los autónomos cuentan con la ventaja de que sus mínimos esenciales para sobrevivir no serán embargados. Solo se actúa en el salario como tal. Los trabajadores por cuenta propia no tienen un sueldo como tal cada mes sino que, se gana dependiendo del trabajo que se tenga en ese periodo de tiempo. Por eso, a la hora de embarga solo se tiene en cuenta el salario neto, obviando los gastos y costes fijos de la actividad realizada.
Según el Artículo 607, la Seguridad Social se centra en los ingresos a la hora de embargar. Es decir, se embarga el 30% de aquellos ingresos que ganen el doble del salario mínimo (1.900 euros). Si se obtiene el triple del salario mínimo (2.850 euros) se embarga el 50% de los ingresos; si se gana cerca de los 3.800 euros se embarga el 60% de los ingresos; y si se supera el salario mínimo con cifras cercanas a 4.760 euros se embarga el 75% de los ingresos.
Aún así, las cuentas corrientes son los bienes que se colocan en el primer puesto como objeto de embargo si se produce un retraso en cualquier pago. Le sigue el derecho de cobro de créditos. Los bienes inmuebles también forman parte de los objetos de veto por parte de la Seguridad Social a los autónomos.
¿Qué bienes no se pueden embargar?
Pero no todos los bienes pueden ser embargados. Es el caso de aquellos que no se pueden vender, de los bienes que tienen derecho de patente o servidumbre, honoríficos o, los corporativos. También destacan aquellos bienes que pertenecen a la Hacienda Pública o al Estado. Para que la familia del deudor no sufra las consecuencias, bienes superfluos como la ropa, libros o artilugios necesarios para realizar la actividad económica tampoco sufren el acto de embargo.
Para que no ocurra ningún caso de embargo lo mejor es que el autónomo solicite el aplazar las deudas para así evitar el imago y a su vez los embargos.