En este año de pandemia los estancos no solo han sido víctimas de numerosas restricciones. También han sufrido gran cantidad de inspecciones y sanciones que en teoría han violado en algún momento la normativa vigente.
Lo cierto es que desde marzo del 2020 los distintos comercios de nuestro país se han visto inundados por directrices y medidas que han impedido su funcionamiento habitual. Uno de los negocios que más restricciones ha sufrido es sin duda, el del estanco. En los últimos meses, el nivel de regulación ha sido enorme y la normativa cada vez ha cogido más cuerpo. Esto dificulta que, a día de hoy los trabajadores sepan o no en qué punto se encuentran dentro de la legalidad.
Motivos principales
Las sanciones más habituales en los estancos suelen estar relacionadas con no actualizar los precios de las máquinas, o no exhibirlos correctamente, o no emitir la factura ante la venta de un PVP. Pero estos no son los únicos motivos por los que un estanquero puede ser multado. También existe este riesgo cuando no se es neutral entre una marca u otra.
La «obstrucción a la labor inspectora», que aunque no lo parezca se refiere a negar la entrada al inspector al almacén, es otro de los motivos por los que se puede recibir una sanción. Son muchos los estanqueros que aún desconocen que sí es obligatorio dejar entrar a inspectores o a la Guardia Civil a las instalaciones. No obstante, el régimen regulador es, en numerosas ocasiones, desproporcionado.
Cada una de las multas mencionadas anteriormente se encuentran en una cantidad mínima de 12.000 euros. Esto equivale a más de 140.000 euros en cajetillas de tabaco, lo que conlleva a una gran pérdida de números en un estanco medio desembocando en la quiebra del negocio.
Las sanciones
Ya hemos comentado que este tipo de sanciones son desorbitadas pero, ¿en comparación con qué? Uno de los temas de más actualidad es el de los residuos y suelos contaminados. Según la Ley 22/2011, de 28 de julio, las infracciones muy graves cometidas en este aspecto oscilan entre los 45.001 euros y 1.750.000 euros. En cambio, una sanción muy grave en el decreto ley de los estancos está entre los 120.202,42 y 300.506,05 euros.
En las infracciones graves en la Ley 22/2011 la multa es de 901 euros a 300.000 euros, dependiendo del tipo de residuo. Sin embargo, las infracciones graves en los estancos van desde los 12.020,24 hasta 120.202,42 euros. Y las infracciones leves en residuos son de 900 euros mínimo, mientras que los estancos se arriesgan a pagar una cantidad de 12.020,24 euros.
Según comentarios de especialistas, es posible que se elabore una nueva Ley para el sector. Mientras tanto, los afectados solo piden que exista una regulación y un régimen sancionador coherente.