El Consejo de Ministros aprobó este martes 9 de septiembre, el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005, con el fin de actualizar la normativa frente al tabaquismo y regular productos relacionados cuyo consumo se ha extendido en los últimos años. La reforma forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y atiende recomendaciones de organismos internacionales y europeos.
El texto introduce nuevas limitaciones al consumo de tabaco y productos relacionados, que quedarán prohibidos tanto en recintos cerrados de uso colectivo como en una lista ampliada de espacios al aire libre. Entre ellos se incluyen terrazas de hostelería, parques infantiles, instalaciones deportivas, estaciones de transporte, espectáculos públicos y entornos de centros sanitarios y educativos.
RESTRICCIONES A MENORES Y NUEVOS PRODUCTOS REGULADOS
Por primera vez, la norma prohíbe no solo la venta, sino también el consumo de tabaco y productos relacionados a menores de edad. Asimismo, incluye una regulación específica para categorías que hasta ahora carecían de marco legal nacional:
- Cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, y todos sus componentes.
- Bolsas de nicotina de uso oral, en sobres, polvos o comprimidos.
- Productos a base de hierbas para fumar, vaporizar o inhalar, como shishas o mezclas vegetales.
- Dispositivos de tabaco calentado u otros preparados similares.
Estos artículos quedarán sujetos a las mismas restricciones que el tabaco convencional en materia de uso, venta, publicidad y etiquetado.
PROHIBICIÓN DE CIGARRILLOS ELECTRÓNICOS DESECHABLES
El Anteproyecto establece la prohibición de venta de cigarrillos electrónicos de un solo uso, con un periodo transitorio de doce meses para que fabricantes y distribuidores adapten sus productos y agoten existencias.
El régimen de publicidad y promoción se amplía al conjunto de productos relacionados con el tabaco. Se prohíbe toda forma de comunicación comercial, directa o indirecta, en medios impresos, digitales, audiovisuales y redes sociales. También queda vetada la publicidad en mobiliario urbano, locales de ocio y establecimientos de hostelería, así como el patrocinio de eventos culturales, deportivos o de entretenimiento.
OBSERVATORIO Y RÉGIMEN SANCIONADOR
La norma restablece el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, suprimido en 2014, que coordinará y evaluará las políticas públicas en esta materia. Además, actualiza el régimen sancionador con nuevas infracciones y sanciones económicas adaptadas al alcance de las medidas aprobadas.
Con esta reforma, el Gobierno busca un marco homogéneo que equipare a todos los productos relacionados con el tabaco bajo las mismas restricciones legales, en línea con los objetivos europeos de reducción del tabaquismo para 2040.
PARTICIPACIÓN PÚBLICA ABIERTA
El Ministerio de Sanidad ha publicado el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005 frente al tabaquismo para trámite de audiencia e información pública. Esto significa que ciudadanos, entidades y organizaciones pueden enviar aportaciones hasta el 30 de septiembre de 2025.
Datos clave del trámite:
- Inicio de envío de aportaciones: 10 de septiembre de 2025.
- Fin del plazo: 30 de septiembre de 2025.
- Correo para aportaciones: informacion_publica@sanidad.gob.es
- Asunto del correo: DG/45/25 APORTACIONES + NOMBRE DE LA ENTIDAD O PERSONA.
- Solo se admitirán aportaciones con remitente identificado.
Más información y acceso a los proyectos abiertos en la web del Ministerio de Sanidad: Trámites de audiencia e información pública.
y luego