Las indemnizaciones relativas al modelo 720 son posibles gracias a un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este fallo es sobre la penalización que recoge la normativa española cuando un contribuyente no declara su patrimonio en el extranjero, o comete algún error al hacerlo.
La sentencia de Europa es firme. Obliga a la Agencia Tributaria (AT) a reducir la cuantía de las sanciones y a hacerlas prescriptibles a los cuatro años. También permite la solicitud de indemnizaciones relativas al modelo 720 y miles de devoluciones por penalizaciones. Es necesario dictaminar en qué estado se encuentra la sanción, si se recurrió y fue desestimada, si nunca se recurrió o por el contrario si está en activo el recurso. Esto es clave para dictaminar qué proceso se deberá seguir para solicitar la devolución del dinero.
3 formas de recurrir a las indemnizaciones relativas al modelo 720
- En primer lugar, los autónomos con un recurso activo actualmente por las indemnizaciones relativas al modelo 720. Una vez se ha recurrido, si está inmerso en el procedimiento, sólo tendrá que esperar a que salga la resolución de la sentencia. Cuando se estime, la Agencia Tributaria procederá a la devolución de la sanción.
- En segundo caso, los profesionales que nunca recurrieron la sanción, o que sí la recurrieron, pero sin agotar la vía judicial. En este caso se debe iniciar el procedimiento especial de revisión de nulidad, artículo 217 de la Ley General Tributaria. Es necesario acudir a la nulidad de pleno derecho que está amparada por el Tribunal Supremo en la sentencia del 16 de julio de 2020 sobre infringir el Derecho comunitario. Si se da una infracción de Derecho comunitario, se invocará una causa de nulidad y se podrá recuperar lo indebidamente pagado.
- En última instancia, los que recurrieron y obtuvieron una sentencia desestimatoria que no les dejó continuar con el recurso por otra vía. Se deberá acudir a la responsabilidad patrimonial donde se buscará obtener una indemnización. Este es un derecho de los contribuyentes a exigir al Estado por haber dictado una norma contraría al derecho de la Unión Europea.
Por último, cabe destacar que a pesar de que el modelo 720 es un modelo que se debe presentar ante Hacienda, los contribuyentes que residen en España con bienes, acciones o cuentas bancarias en el extranjero por más de 50.000 euros, también se ven afectados. Desde Hedilla Abogados le recomendamos contactar con nuestros expertos para cualquier duda.