Muchos autónomos han tenido que recurrir a los créditos ICO para hacer frente al pago de servicios, alquiler o para los salarios del personal debido a la crisis del Covid-19. Pero muchos de ellos se han visto obligados a vender con el ICO aún sin pagar.
¿Sabías que sí es posible vender un negocio con el ICO pendiente?
Este crédito es subrogable, lo que significa que se puede modificar su titularidad. Este cambio será tramitado por la Entidad de Crédito, y a su vez autorizado por el ICO, siempre y cuando que el nuevo titular cumpla las condiciones de la Línea de referencia. Estas condiciones la cumplen autónomos, emprendedores y cualquier empresa, ya sean
españolas o extranjeras.
¿Cuándo debería el vendedor pagar el crédito?
Si nuestra empresa va a ser comprada por una sociedad o persona jurídica, sin cumplir los requisitos exigidos, el titular del crédito tendría que hacer el pago completo. Por eso es conveniente tener en cuenta los perfiles que tienen limitado estos modelos de financiación:
1. Entidades financieras
2. Partidos Políticos
3. Clientes en el sector “Fabricación o distribución de armas o municiones” (CNAE 2540)
4. Particulares, comunidades de propietarios y agrupaciones de propietarios solo para la Rehabilitación de Vivienda
El crédito ICO no se puede cambiar la entidad en la que se pidió, por eso el nuevo titular tiene que colaborar con este mismo banco.
¿Se pueden ampliar los plazos de amortización del crédito?
No se pueden ampliar los plazos ya que este tipo de préstamos no se pueden modificar en cuanto a fechas, aunque sí que existen excepciones en los que sí se contemplan periodos de carencia intermedia Para saber todo sobre los créditos ICO te dejamos aquí su página oficial.